lunes, 26 de marzo de 2012

Indemnizacion de daños

TRIBUNAL DE APELACIÓN
DE ENCARNACIÓN
Primera Sala


Juicio:    “Compulsas de: Lourdes Alvarenga de Brítez y Anuncio Raúl Brítez s/ Convocatoria de Acreedores”.----------

A.I. Nº30/12/01.-


            Encarnación,  07 de febrero de 2012.-


        VISTO: Los recursos de apelación y nulidad interpuestos por el Abog. Carlos Darío Cantero, contra el A.I. Nº 0746/2008/01 del 12 de marzo de 2008; y contra el cuarto apartado de la providencia del 05 de mayo de 2010, dictadas por el Juez Interino de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. César Daniel Delgadillo, y;---

CONSIDERANDO

        Que, a fs. 226 el Actuario informa: “…que la Abg. Ma. Estela Vallena de Justiniano fue notificada por cédula el 25 de noviembre de 2011 (fs. 223), de la providencia por la cual se le corre traslado del escrito de expresión de agravios, no habiendo presentado escrito alguno, estando a la fecha vencido el plazo que tenía para hacerlo de conformidad al art. 433 in fine y el 434 del Código Procesal Civil, aplicados por la remisión expresamente prevista en el art. 200 de la Ley de Quiebras…”.----------------------------------------------------
 
        Que, de conformidad a la normativa señalada, corresponde dar por decaído a la Abg. Ma. Estela Vallena de Justiniano el derecho que ha dejado de ejercer para contestar el traslado en plazo de ley, por lo que la instancia deberá seguir su curso.-----------------------

        POR TANTO, el Excmo. Tribunal de Apelación, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial de Itapúa,-----------------------------

RESUELVE

        1.- DAR POR DECAIDO el derecho que ha dejado de ejercer la Abg. Ma. Estela Vallena de Justiniano, para contestar el traslado en el plazo de ley, por lo que la instancia deberá seguir su curso.------

        2.- ANOTAR y registrar.-------------------------------------



Ante mí:





































































TRIBUNAL DE APELACIÓN
DE ENCARNACIÓN
Primera Sala


Juicio:    “Compulsas de: Lourdes Alvarenga de Brítez y Anuncio Raúl Brítez s/ Convocatoria de Acreedores”.----------


SEÑOR PRESIDENTE:

        Informo a V.E., que la Abg. Ma. Estela Vallena de Justiniano fue notificada por cédula el 25 de noviembre de 2011 (fs. 223), de la providencia por la cual se le corre traslado del escrito de expresión de agravios, no habiendo presentado escrito alguno, estando a la fecha vencido el plazo que tenía para hacerlo de conformidad al art. 433 in fine y el 434 del Código Procesal Civil, aplicados por la remisión expresamente prevista en el art. 200 de la Ley de Quiebras. Es mi informe. DIOS GUARDE A V.E. Encarnación, ______ de febrero de 2012.---























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