lunes, 26 de marzo de 2012

Usucapión

A.I. Nº576/11/01.-


 Encarnación, 16  de setiembre de 2011.-

         VISTO: La recusación sin expresión de causa y la impugnación a la misma formulada en estos autos, y;-------------------


CONSIDERANDO

         Que, el Abg. Fredy E. Ortega recusa sin expresión de causa al Juez Interino de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno, Abg. Fausto Cabrera Riquelme, en el momento en que solicita el reconocimiento de su personería, presentando el testimonio de la escritura pública en la que consta la revocación del Poder General del anterior apoderado, Abg. Eduardo Sitzmmann.---------------

         Que, el Juez del Segundo Turno impugna la recusación sin expresión de causa, aduciendo que la actora tuvo la oportunidad de hacerlo dentro de los tres días de entablada la demanda y no lo hizo, agregando además que cuando se sustituye en la representación a otro profesional que ya venía actuando en la causa no puede hacer uso de esa facultad.---------------------------------------------------------

         Que, la ley garantiza a las partes el derecho de recusar a un Magistrado con o sin causa, antes de que el mismo intervenga en el juicio, pero aceptada su competencia no puede buscar apartarlo posteriormente del conocimiento del juicio, salvo el caso que sobrevenga una causal de recusación a que hace referencia el tercer párrafo del art. 27 del C.P.C., que no es aplicable en el sub-lite por haberse formulado la recusación sin expresión de causa.---------------

         Que, la presente recusación sin causa fue presentada por el actor en forma extemporánea. El art. 27 del C.P.C. establece claramente que el actor debe ejercer la facultad de recusar al entablar la demanda o en su primera presentación.---------------------

         Que, fundado en lo precedentemente expuesto, corresponde hacer lugar a la impugnación de la recusación sin expresión de causa formulada por el Juez Abg. Fausto Cabrera Riquelme.-------------------

         POR TANTO, el Excmo. Tribunal de Apelación, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial de Itapúa;-----------------------------

RESUELVE

         1.-  HACER LUGAR a la impugnación deducida por el Juez Interino del Segundo Turno en lo Civil y Comercial, Abg. Fausto Cabrera Riquelme, contra la recusación sin expresión de causa planteada en estos autos, quien consecuentemente deberá seguir entendiendo en la causa.----------------------------------------------------------------

2.-  DEVOLVER los autos principales al Juzgado de origen.---

3.- ANOTAR y registrar.------------------------------------

Ante mí:


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